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Historia del centre comercial ER

Historia del centre comercial EROSKI

Capitulo 2 EROSKI EN CARCAIXENT

ÍNDICE 

 

La especulación, el colesterol y otras anécdotas (6)

Pascual Vernich

Dado que al parecer hay gente que anda confundida con las definiciones, estaría bien, para aclarar las cosas, dar un breve repaso a algunos conceptos que se manejaron erróneamente. En primer lugar precisemos el término tan manoseado de especulación en el campo urbanístico o inmobiliario. Aunque, según define la Real Academia, en un sentido extenso toda inversión es especulativa en tanto que pretende beneficiarse al final de las variaciones del precio en el mercado, la hay de diferentes tipos.

 

Parecido al colesterol, la especulación puede ser buena o mala. Será buena, como el colesterol HDL, la que desarrolla y aporta un valor añadido a través del trabajo y de la transformación de los bienes en cuestión. Sin embargo la especulación mala es la que no aporta valor añadido ni conlleva ninguna clase compromiso en la gestión de los bienes sino todo lo contrario, los paraliza sin hacer nada esperando que aumente su precio en el mercado precisamente debido a ese bloqueo. Esta es la que se entiende propiamente como especulación y que todo el mundo valora peyorativamente por improductiva y antisocial. La primera simplemente es actividad empresarial.

Pues bien, la reparcelación urbanística que pudo orientarse de una forma compatible para todos en un acuerdo casi general, tuvo sin embargo algunos elementos anecdóticos que pusieron cargas de profundidad en el proceso esperando que llegase la hora de aprovecharlas en beneficio propio.

Hubo, que yo recuerde, tres casos que dificultaron la marcha de un proceso consensuado dado que se encontraban parcialmente afectados por la ubicación de la parcela comercial. En medio de la antigua calle del Boticario Bodi se encontraba, incomprensiblemente legalizada en el Plan General, una nave almacén propiedad de Lejías Javi que era necesario adquirir para la construcción de la actual avenida del mismo nombre. Esta empresa, a su vez, disponía de una pequeña fábrica afectada por la apertura de la Calle Valencia que rodeaba por el oeste al futuro centro comercial y enlazaba con la Ronda Norte de la ciudad. Aunque podría haberse actuado por expropiación al encontrase en suelo público, la lentitud de este proceso legal si se implementaba, aconsejaba resolverlo por mutuo acuerdo. Las negociaciones fueron muy duras ya que la otra parte era consciente de la urgencia privada y pública del asunto, por lo que supieron sacar un considerable provecho de la cuestión simplemente dejando pasar el tiempo.

El segundo caso, próximos al almacén de lejías en Boticario Bodí, eran unos pequeños terrenos, escasamente de una hanegada, que pertenecían en proindiviso a varios miembros de una familia de Carcaixent y estaban superpuestos parcialmente por el sur a la parcela comercial. Habían quedado al margen del acuerdo de la mayoría por voluntad propia e impugnaron la reparcelación al no haber recibido su cuota parte en el interior de la zona comercial sino en sus proximidades. Se solicitó por sus dueños la suspensión preventiva del acuerdo de aprobación municipal con la clara intención de forzar un alto precio. El tiempo, otra vez, hizo que tuviéramos que aceptar un pago escandaloso y encima soportar, con vergüenza ajena y la boca cerrada, los alardes de amor de los propietarios a su pueblo natal por lo que decían acceder a la venta. Se pudo transigir con esta exigencia por las pequeñas dimensiones de la parcela, aunque el precio unitario que se pagó, que no su valor real, fue abusivo.

Finalmente el caso más conocido, por haber sido sentenciado y publicado, fue y continúa siendo el del Sr. Balaguer, apoyado por dos concejales de la antigua UV. De forma parecida a la situación anterior, con mucha más superficie pero ubicado al norte de la parcela comercial y parcialmente afectada por esta, su propiedad recientemente adquirida en aquella época, se mantuvo al margen de cualquier acuerdo con la muy probable intención de negociar individualmente su venta en el momento más crítico para el éxito del proyecto. Viéndoles venir desde lejos, igual que a los anteriores, se llegó a la conclusión de ubicar la parcela resultante lo más cercana a su situación inicial pero fuera de la parcela comercial, en una interpretación del reglamento que se consideró válida en aquel momento, aunque el contencioso administrativo resolvió finalmente en contra de la aprobación municipal. Como en este campo las sentencias llegan cuando ya está todo construido, tuvo que optarse por la indemnización sustitutoria. La decisión de reparcelación descrita, basada en una interpretación discutible a la vista de la sentencia, era la única forma razonablemente fundamentada para proseguir el expediente. La propiedad había pedido la suspensión preventiva del acuerdo municipal que fue denegada por los tribunales, después interpuso una querella por prevaricación contra todos los que intervinieron en el acuerdo que fue desestimada. Las diligencias judiciales previas concluyeron que no había lugar a la querella con imputación de costas por mala fe al denunciante (sic) y finalmente tuvo éxito parcial la demanda en el contencioso administrativo, mucho después de haberse inaugurado el centro comercial.

El factor común de esta gente fue que todos ellos trataron de sacar mayor provecho de forma insolidaria contra la mayoría de propietarios que habían optado por un consenso entre todos para hacer posible la operación. Sin poner en duda la legitimidad de cada cual, si la actitud de esta minoría hubiera sido generalizada hoy no estaría construido el Centro Comercial de Eroski en Carcaixent. Su mayor provecho personal no se debió a su inteligencia, ni a su esfuerzo para añadir valor, sino a una labor estrictamente especulativa que añadía precio a costa de todos los demás. Afortunadamente casi la totalidad había llegado a un acuerdo solidario en favor de ellos mismos y del desarrollo de la ciudad.

Juzguen, en cada caso, de qué clase de colesterol se trata.

Pasqual Vernich

 

 

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